7.1.- Los postulantes para ser inscritos en el Registro deberán presentar en la Secretaría Ejecutiva una Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Chile de Ingenieros Expertos y Profesionales Afines, completando […]
8.- La dirección superior del Registro corresponderá al Comité de Registro, integrado por 9 miembros indicados en el punto 4.1.- Cada institución con derecho a designar miembros en el Comité podrá nombrar […]
14.1.-La Secretaría Ejecutiva del Registro estará radicada en el Colegio de Ingenieros, que deberá solventar todos los gastos de operación del Registro. 14.2.- La AIC efectuará aportes en dinero al Colegio de […]
15.1.- El Comité de Registro desarrollará y aplicará los protocolos que sean necesarios para su mejor desempeño y transparencia de sus actos, en especial respecto de los requerimientos de estudios de profesionales […]